CONTRATOS DE TRABAJO EN
EL ECUADOR
TIPOS
DE CONTRATOS
CONTRATO DE TRABAJO OCASIONAL
Son contratos ocasionales, aquellos cuyo objeto es
la atención de necesidades emergentes o extraordinarias, no vinculadas con la
actividad habitual de empleador, y cuya duración no excederá de treinta días en
un año.
CONTRATO DE TRABAJO EXPRESO
Es el contrato es expreso cuando el empleador y el
trabajador acuerden las condiciones, sea de palabra.
Las partes contratantes deben acordar lo que es de esencia
del contrato; el contrato contendrá la voluntad del trabajador de prestar un
servicio o realizar una obra y la aceptación del empleador sobre el acto
laboral con el reconocimiento de una remuneración.
CONTRATO DE TRABAJO TACITO
Un contrato de trabajo es tácito, cuando entre el
empleador y el trabajador no se ha pactado cláusula alguna, pero persiste por
las condiciones y modalidades que están dados por el Código del Trabajo, los
pactos colectivos, los usos y costumbres de la localidad
CONTRATO DE TRABAJO A SUELDO
No hay expresas disposiciones sobre el trabajo a
sueldo y por lo tanto debemos referirnos a la costumbre por lo que generalmente
el sueldo se fija por un mes.
El sueldo corresponde percibir al empleado privado
o al empleado público en contraposición al salario que es el que le corresponde
al obrero
CONTRATO DE TRABAJO A JORNAL
Es aquel en que el trabajador tiene parte en las
utilidades de los negocios del empleador, como remuneración de su trabajo.
CONTRATO DE TRABAJO EN
PARTICIPACION
Es una propiedad de contrato que torna corno base
la remuneración que el trabajador debe percibir en parte de las utilidades del
patrono como pago de su trabajo o servicio, siendo por tanto esta participación
reemplaza al sueldo o salario que le corresponde al trabajador
CONTRATO DE TRABAJO MIXTO
En esta clase de contratos una parte del pago al
trabajador se realiza en dinero en una cantidad fija y determinada recibiendo
también otra parte, otra cantidad de dinero variable, que depende de I as
ganancias patronales, es decir en forma mixta, ya que participa del contrato a
sueldo o jornal y del contrato en participación de los beneficios del empleador
CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO
INDEFINIDO
Un contrato es por tiempo indefinido cuando su
duración no está determinado ni por el convenio de las partes ni por la
naturaleza de la obra ni por la Ley. El contrato dura mientras no se ponga fin
por el desahucio, poro por disposición del Código del Trabajo todo contrato por
tiempo fijo o por tiempo indefinido tienen un año como tiempo mínimo de
duración
CONTRATO DE TRABAJO FIJO
Los contratos de trabajo expreso, verbal o escrito
son por tiempo fijo, que de acuerdo a la disposición del Código de Trabajo se
establece un año como mínimo de duración para los contratos por tiempo fijo.
Establéese un año como tiempo mínimo de duración de todo contrato por tiempo
fijo
CONTRATO DE TRABAJO EVENTUAL
Son contratos eventuales aquellos que se realizan
para satisfacer exigencias circunstanciales de la empresa, tales corno
reemplazo de personal que se encuentra ausente por vacaciones, licencias,
enfermedad, maternidad y situaciones similares o atención de los incrementos de
trabajo, motivados por una mayor demanda de producción o de servicio, en
actividades habituales de la empresa o del empleador o relacionadas con las
mismas. Su duración no excederá de seis meses en un año.
CONTRATO DE TRABAJO TEMPORADA
Son contratos de temporada aquellos que en razón de
la costumbre o de contratación colectiva, se han venido celebrando entre una
empresa o empleador y un trabajador o grupo de trabajadores, para que se
realicen trabajos cíclicos o periódicos, en razón de la naturaleza discontinua
de sus labores, gozando estos contratos de estabilidad, entendida como el
derecho de los trabajadores a ser llamados a prestar sus servicios en cada
temporada que se requieran. Se configurará el despido intempestivo si no lo
fueren
CONTRATO DE TRABAJO POR OBRA CIERTA
El contrato es por obra cierta, cuando el
trabajador toma a su cargo la ejecución de una labor determinada por una
remuneración que comprende la totalidad de la misma, sin tomar en consideración
el tiempo que se invierta en ejecutarla.
TIPOS DE CONTRATOS
CONTRATO DE TRABAJO A DESTAJO
Esta modalidad de contrato de trabajo consiste en
que el trabajador se compromete a realizar unidades de obras, por piezas,
trozos, medias de superficie por las cuales recibe una remuneración y sin tomar
en cuenta el tiempo que sí invierte.
CONTRATO DE TRABAJO INDIVIDUAL
Podemos decir que el contrato individual de trabajo
es aquel mediante el cual una persona física (trabajador o trabajadora) se
obliga o se compromete a prestar sus servicios a una persona física o jurídica
(empleador o empresa) bajo su dependencia y con la promesa de una remuneración
justa determinada
CONTRATO DE TRABAJO DE GRUPO O POR
EQUIPO
El contrato de grupo se caracteriza porque todos
los trabajadores emplean su esfuerzo con la finalidad de realizar una obra
única, con la remuneración que puede ser única para el grupo. Si nada se ha
pactado en cuanto a la repartición de la remuneración única, se lo hará a
prorrata.
El contrato en equipo se caracteriza porque el
trabajador no interviene individualmente sino como una persona colectiva o conjunto
de trabajadores, estén o no constituidos en persona jurídica, si varias
personas se presentan a ofrecer sus servicios para realizar en común.
BIBLIOGRAFIA
ww.industrias.ec/archivos/documentos/____tipos_de_contratos.pdf